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BREXIT

La Union Europea y Reino Unido han alcanzado un acuerdo sobre la retirada de Reino Unido de la UE, BREXIT.

En relación con los movimientos de mercancías el BREXIT  implica que no exigirán aranceles ni se establecerán cuotas para las mercancías originarias de ambas Partes. En cambio, los movimientos de mercancías a partir del 1 de enero de 2021 sí estarán sujetos a formalidades aduaneras.

BREXIT: cómo afecta a la importación

A partir del 1 de enero de 2021 las mercancías que procedan de Reino Unido (excluido Irlanda del Norte) se tratarán como importadas desde cualquier otro país tercero. Están sujetas a formalidades aduaneras. Se debe realizar una declaración de importación. El importador necesita de un número EORI.

En el caso de que se importen en la Unión mercancías procedentes de Reino Unido que cumplan las reglas de origen previstas en el Acuerdo comercial y de Cooperación entre la Unión Europea y Reino Unido no pagarán derechos de importación pero si pagarán el IVA, a no ser que estén acogidos al IVA DIFERIDO.

BREXIT: cómo afecta a la exportación

La exportación al Reino Unido se realiza igual que si hicieramos una exportación a un pais fuera de la Unión Europea.

BREXIT: origen de las mercancias

En el Acuerdo provisional firmado entre la UE y UK se establecen aranceles y cuotas del 0% para todas las mercancías en las operaciones de importación entre la UE y el Reino Unido, siempre y cuando se cumplan las reglas de origen, recogidas en el mencionado Acuerdo.

Con el fin de poder obtener una preferencia arancelaria en el momento de llevar a cabo la declaración de importación se deberá indicar una comunicación sobre el origen, la cual será extendida por el exportador en una factura o en cualquier otro documento comercial que describa el producto originario con suficiente detalle para su identificación, siguiendo el texto de una de las versiones lingüísticas que figura en el anexo ORIG-4.

Para poder emitir una comunicación sobre el origen, los exportadores de la UE deben estar registrados en el sistema REX de la UE, de conformidad con la legislación pertinente de la UE (artículo 68, apartado 1, del Reglamento de Ejecución (UE) 2015/2447 de la Comisión).

 

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